El experto español acusó a los Estados de la Unión Europea de incumplir la
Convención de Ginebra al negar status de refugiados a quienes huyen de los
conflictos armados en los países árabes. En cambio, elogió la política
migratoria argentina.
La Unión Europea viola los derechos de los
refugiados que llegan a Europa desde Libia y Siria, dice el español Javier de
Lucas, uno de los mayores expertos en migraciones en Europa. De visita en la
Argentina para participar en un congreso sobre migrantes y refugiados,
organizado por el Ministerio Público de la Defensa y la embajada de España en
la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, el catedrático de
Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia acusó a los gobiernos
europeos de incumplir la Convención de Ginebra y en contrapartida elogió la
política migratoria argentina.
Para De Lucas la Unión Europea y las Naciones Unidas estigmatizan a los
inmigrantes, al tratarlos desde una lógica de mercado. “Hay una mirada de
sospecha sobre los inmigrantes: ellos no son un ejército de reserva para la
delincuencia ni una amenaza a las fuentes de trabajo. Al derecho formal
estatalista se le escapa el pluralismo jurídico. El Derecho construyó un
concepto restrictivo que fomenta la estigmatización del inmigrante”, argumentó
durante su ponencia en el congreso. En contraposición, el catedrático destacó
el papel de la Argentina al reconocer los derechos humanos universales previos
de las personas migrantes y refugiados, algo que, según De Lucas, en Europa no
ocurre. “La ley (25.871) de inmigración argentina promulgada en 2004 es una
referencia internacional. Argentina reconoce y garantiza el derecho humano a
migrar. En el resto del mundo no es así. Argentina es una excepción en la
proclamación inequívoca de mecanismos de garantía para reconocer la migración
como un derecho humano. No es así en España o la Unión Europea.” Al finalizar
su intervención, el experto dialogó con Página/12.
–¿En qué situación se
encuentran los miles de refugiados que desde los inicios de las guerras civiles
en Siria y Libia desembarcan de forma masiva en las costas europeas?
–En el caso de Libia, ellos pasan a Túnez y de allí a las costas de
Lampedusa (Italia) y a Malta, porque están a una distancia casi equivalente. En
el caso de Siria, la mayor parte de los refugiados está llegando a Turquía, que
no es un Estado europeo en el sentido formal. El problema es que se trata de
personas que huyen de una persecución como consecuencia de una guerra, donde se
ha constatado la existencia de prácticas como mínimo cercanas –si no
directamente constitutivas de crímenes contra la humanidad – de violaciones
masivas, torturas y por supuesto privación de la vida.
–¿Qué pueden hacer los
estados que los albergan?
–Los estados de la Unión Europea y, desde luego Italia, que sería
concernida por Lampedusa, y Malta, que es un Estado miembro de la Unión
Europea, son estados parte en el sistema del Derecho de Refugiados que
establece el sistema de Convención de Ginebra y el Protocolo de Nueva York. Por
lo tanto, no es cómo pueden, sino cómo deben. Y como Estado parte tienen todo
el deber, en primer lugar, de no rechazar, y en segundo lugar de poner los
medios para que esas personas que tienen las condiciones para reclamar el
derecho de asilo puedan ser reconocidas como refugiados. No estamos hablando de
capacidades de elección, sino de obligaciones.
–¿Qué diferencias hay entre
la figura legal que ampara a los refugiados y la de los inmigrantes?
–Los elementos de violencia descriptos concurren la definición de
refugiados del artículo primero de la Convención y, por lo tanto, desde ese
punto de vista los estados no se pueden permitir alegar que se trata de
inmigrantes económicos clandestinos. En primer lugar hay que dejar en claro que
aquellos que huyen de sus costas manifiestamente tienen la condición de
refugiados en los artículos de la Convención. Una vez que se proceda a la
evaluación de esto es cuando los estados pueden evaluar los casos individuales.
Es decir, si se tiene constancia de que huye, o si se trata de un inmigrante
económico. Los estados no pueden invertir la presunción favorable a los
refugiados que huyen de una guerra.
–¿Cómo calificaría la
actuación de los estados de la Unión Europea ante las migraciones de Siria y
Libia?
–La Unión Europea es un espacio decadente. Yo creo que aquí hay que hablar
lisa y llanamente de incumplimiento de deberes internacionales de los estados
de la UE. Están infringiendo e incumpliendo al no poner el refugio y asilo al
alcance de los demandantes, como los obliga la Convención. Se trata de
violaciones de principios jurídicos elementales respecto de la guerra en Libia.
Las personas que huyen a Lampedusa tienen todos los elementos del status de
refugiados y la Unión Europea tiene obligaciones jurídicas de protección de
esos derechos. Es indignante que una potencia jurídica que pretende exportar al
mundo la unión como línea básica de actuación sea incapaz de garantizar los
derechos de los refugiados que llegan a las costas de Malta y Lampedusa.
Informe: Juan Nicenboim.
fonte: http://www.pagina12.com.ar
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